La lengua, como producto social que es, se ve a veces condicionada en su uso por factores extralingüísticos, algunos de ellos de marcado carácter ideológico. Y siempre que tras los usos lingüísticos se esconden motivaciones ideológicas se suscitan acalorados debates de los que se hacen eco los medios de comunicación. Piénsese, por ejemplo, en los que provocaron el nombre del idioma o la planificación lingüística de distintas comunidades autónomas. No podemos sorprendernos, pues, que otro tanto ocurra con los llamados procedimientos igualitarios.
Como es sabido, el interés por las alternativas para erradicar el sexismo lingüístico viene a coincidir en España con la llegada de la democracia. Así, una sociedad que aspira a alcanzar la igualdad entre los sexos comienza a demandar unos usos lingüísticos más acordes con la nueva realidad. Es cierto que no todos los recursos igualitarios merecen la misma consideración atendiendo a las normas gramaticales vigentes (unos son agramaticales como la @, otros lentifican el discurso como el uso abusivo de los desdoblamientos y otros como los abstractos o los colectivos, por ejemplo, son rentables y de utilidad en muchos contextos); pero, en mi opinión, merecen respeto en tanto que intentan dar respuesta a una demanda social: no estando de más recordar que es la lengua la que está al servicio de la sociedad y debe responder a sus necesidades, y no a la inversa.
No es menos cierto que el uso de estos procedimientos se ha argumentado, en ocasiones, con acierto y, en otras, no tanto. De cualquier modo, siempre es legítimo disentir, aclarar o, incluso, corregir, si se estima oportuno. En cambio, debería ser inadmisible caer en la descalificación o en el insulto tal como se ha hecho estos días en muchos de los artículos publicados por la prensa.
Estas páginas no tienen el afán de avivar la polémica, sino hacer solo algunas precisiones al informe emitido por el profesor y académico Ignacio Bosque, «Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer», en lo que respecta al contenido del Manual de lenguaje administrativo no sexista (2002), redactado a instancia del Ayuntamiento de Málaga por tres profesoras de la UMA, entre las cuales me encuentro.
Antonia Medina Guerra, Diario del Sur |
Este Manual fue seleccionado, según se deja entrever en el primer punto del mencionado informe, al azar; pues para tal elección no se expone que se siguiera criterio alguno. Por razones evidentes, hubiese sido de gran interés científico y social que entre las obras elegidas se encontrase la publicada por el Instituto Cervantes con el apoyo del Instituto de la Mujer, Guía de comunicación no sexista (2011). Lamento que no haya sido así. Soy consciente de que no podré detenerme, como me gustaría, en los once puntos del mencionado informe (ya habrá otra ocasión para ello); pero, puesto que el debate se ha producido en los medios de comunicación, he creído necesario dar mi opinión, aunque de manera breve, a través de la prensa, aludiendo a los aspectos que considero más esenciales para aclarar o rebatir algunas de las opiniones emitidas por Bosque sobre MAL (sigla con la que designa la obra de la que soy coordinadora y coautora): 1) Aunque se comienza el segundo punto reconociendo que MAL constituye una importante excepción al estar redactada por lingüistas y que «es la guía más completa de las nueve, y también la menos radical en sus propuestas», unas líneas después afirma -esta vez sin hacer salvedad alguna- que los textos a los que se refiere «[…] contienen recomendaciones que contravienen no solo normas de la Real Academia Española y la Asociación de Academias, sino también de varias gramáticas normativas, así como de numerosas guías de estilo elaboradas en los últimos años por diversos medios de comunicación».
En el caso de MAL, tal afirmación resulta del todo desafortunada, ya que, como se señala en distintas ocasiones a lo largo de la obra e incluso en la contraportada: «[…] el fin último de este Manual [es] el de familiarizar al personal administrativo del Ayuntamiento con las muchas estrategias no sexistas con las que cuenta nuestra lengua […], sin que ello implique violentar o atentar contra las normas gramaticales vigentes». Del mismo modo, se hace notorio al consultar MAL que se han tenido muy en cuenta los criterios académicos, como lo demuestran, entre otros aspectos, las referencias explícitas a las obras académicas entonces en vigor (téngase en cuenta que es un texto de hace diez años) o las alusiones directas a la Academia (por ejemplo, en las pp. 25, 26, 81, 87 o 95).
2) En el apartado 3, tras mencionar que de las nueves guías seleccionadas «MAL es la única que acepta el uso no marcado (más comúnmente llamado genérico) del masculino, como en El trabajador debe exigir sus derechos (MAL-29) o en El alumno deberá asistir puntualmente a clase (MAL-32), donde admite que “el masculino es extensivo a las mujeres” (MAL-47), mientras que las demás no aceptan su empleo y recomiendan evitarlo en todos los casos», vuelve a generalizar sin hacer distinciones: «Entre los aspectos que comparten las guías de lenguaje no sexista destaca sobre todo una argumentación implícita que me parece demasiado obvia para ser inconsciente […].
Consiste en suponer que el léxico, la morfología y la sintaxis de nuestra lengua han de hacer explícita sistemáticamente la relación entre género y sexo, de forma que serán automáticamente sexistas las manifestaciones verbales que no sigan tal directriz, ya que no garantizan “la visibilidad de la mujer”. En este punto coinciden todas las guías, aun cuando se diferencia en el énfasis que ponen en la conclusión alcanzada». Tal premisa no debería deducirse del contenido de MAL, ya que en este texto se considera que «[…] el sexismo lingüístico no radica en la lengua española como sistema, sino que se halla en algunos de los usos consolidados y aceptados como correcto por la comunidad hablante» (p. 21), lo que justifica, por ejemplo, el tratamiento que se le da al género gramatical en el capítulo «Problemas morfosintácticos», del que reproduzco el siguiente párrafo para apoyar mi argumentación: «Frente a este doble valor del masculino en español, el femenino solo tiene un uso, el específico, es decir, que únicamente puede emplearse referido a las mujeres, por eso decimos que posee un sentido restrictivo. Esta situación de predominio lingüístico del género gramatical masculino es confundida con el dominio del varón en la sociedad. De esta forma, el género gramatical es asimilado, de manera errónea, a la realidad social. De hecho, el problema no se plantea porque el español posea géneros como el femenino y el masculino, sino por la incorrecta asociación que establece la comunidad hablante entre sexo y género» (p. 29). En definitiva, no podemos considerar que el masculino genérico no haga referencia a ambos sexos, porque ello implicaría aceptar que la lengua española es sexista como sistema y nosotras partimos del hecho de que el sexismo está en el uso, porque «La lengua española dispone de suficientes recursos para evitar el sexismo lingüístico» (p. 21). Ahora bien, dicho esto, debemos reconocer que hay recursos que se consideran más igualitarios que otros, ya sean por razones extralingüísticas como la incorrecta asociación de género gramatical y sexo o la actitud de la comunidad hablante ante la lengua, o por razones lingüísticas como la ambigüedad del masculino, precisamente por su doble valor específico/genérico, en algunos contextos.
3) En mi opinión, el apartado 4 merece más de una reflexión. Por ejemplo, no entiendo la expresión «con la posible excepción de MAL» (o es una excepción o no lo es; esta fórmula vuelve a emplearse en el punto 7); pero, como tengo que ser breve en mi exposición, me detendré solo en lo más relevante por lo que insistiré que una vez más Bosque hace una interpretación incorrecta de nuestro Manual en la segunda parte de esta afirmación:
«En cuanto a MAL, considera, correctamente, que son sexistas frases como En el turismo accidentado viajaban dos noruegos con sus mujeres (MAL-72), pero recomienda a la vez escribir Los gerentes y las gerentas revisarán las solicitudes presentadas hasta la fecha (MAL-81), puesto que entiende que usar únicamente los gerentes podría ser discriminatorio con la mujer».
No sé cómo el profesor Bosque llega a esta deducción, puesto que en la p. 81 nos limitamos a exponer las distintas posturas que, en cuanto al uso del masculino plural con valor genérico, conviven en la comunidad hablante. Además, hemos sido muy cautelosas con el empleo de los desdoblamientos, pues en distintas ocasiones (por ejemplo, en las pp. 89 y 90) insistimos en que provocan recargamiento y lentitud en la expresión. Esto no quiere decir que no puedan utilizarse, ya que no son agramaticales y resultan de utilidad en contextos puntuales como, por ejemplo, en el encabezamiento de las cartas. 4) En los apartados 5, 6 o 7, Bosque insistir en algunos aspectos ya expuestos con anterioridad:
«De hecho, tales desdoblamientos múltiples se proponen a menudo como ejemplos en estas guías. La de la UNED considera que no debe decirse Los funcionarios interinos que hayan trabajado entre el 8 de julio y el 7 de enero […], sino (UNED -5) Los funcionarios y funcionarias interinos e interinas que hayan trabajado entre el 8 de julio y el 7 de enero […]. En MAL-70 se sugiere como pauta El/la avalado/a está obligado/a a comunicar a el/la avalista dicha circunstancia».
Por lo que respecta a MAL, estamos de nuevo ante una apreciación inadecuada, pues en la p. 70 afirmamos: «También podemos hacer uso de los dobletes con barra en otros tipos de documentos, si bien, esta opción, por razones estilísticas, no es la más recomendable» y remitimos a la p. 87 del Manual, donde se indica tras hacer alusión a la Ortografía (1999) de la Academia: «No obstante, y a pesar de que esté admitido, siempre que sea posible ha de evitarse separar con la barra la palabra y el morfema, pues afea el texto y dificulta su lectura, ya que si se opta por este recurso se habrá de utilizar no solo en los sustantivos, sino en todos los elementos con los que concuerden […]. Este conocido sistema de dobletes resulta, sin embargo, muy eficaz para suplir la falta de espacio en formularios e impresos». Después de esta remisión a la p. 87 se recoge el ejemplo al que hace alusión Bosque, ¿de verdad es posible creer que lo sugerimos como pauta?
5) Las últimas referencias explícitas a MAL se hallan en el apartado 9:
a) «Solo una de las nueve guías que cito recomienda evitar la arroba como signo lingüístico en todos los contextos. Aun así, no propone sustituir L@s niñ@s vendrán a clase con ropa cómoda (MAL-88) por el equivalente con los niños, sino las niñas y niños o con los/las niños/as».
El profesor Bosque parece olvidar que no hay otra interpretación posible de la @ en este tipo de frase, de ahí que en la página citada por el académico advirtamos que «[…] la utilización de este recurso no se limita en muchos casos a buscar la economía gráfica, sino que en realidad pretende eludir el uso genérico del masculino (lo que también es extrapolable, en ocasiones, a la barra), para lo que en caso de considerarse necesario, existen otros procedimientos, como los genéricos, las perífrasis, etc. Se trata, en definitiva, de una manifestación más de la equivocada asociación género-sexo y debe, por tanto, evitarse» (MAL-88).
b) En lo referente a los listados de los colectivos y abstractos, se señala:
«MAL es la única guía que actúa con cierta cautela: “Estos listados son orientativos y no deben interpretarse como soluciones válidas en todos los contextos” (MAL-52)».
Ahora bien, cuando sea posible, ¿por qué no habríamos de utilizar los colectivos o los abstractos, términos sancionados por el uso y recogidos en el DRAE? Además, colectivos como alumnado o profesorado tienen la ventaja de evocar la imagen mental de un grupo de personas de ambos sexos (con independencia de que se corresponda en todos los casos con la realidad), lo que no ocurre siempre con el masculino genérico por la incorrecta asociación género gramatical-sexo, a la que ya he aludido.
De lo expuesto, creo que se evidencia que el académico y gramático Ignacio Bosque, a veces, formula apreciaciones muy dispares del espíritu con el que sus autoras concibieron el Manual de lenguaje administrativo no sexista del Ayuntamiento de Málaga: dar alternativas igualitarias desde el respeto a las normas gramaticales. Alternativas que, al contrario de lo que puede deducirse del informe de Bosque, son válidas en muchos contextos y no resultan ni agramaticales ni recargan el discurso.
En definitiva, al igual que las guías de estilo de diversos medios de comunicación han intentado solventar, con mayor o menor acierto, cuestiones para las que la Academia tan solo muy recientemente ha propuesto solución como, por ejemplo, el plural de los extranjerismos, el Manual de lenguaje administrativo no sexista procuró responder a las necesidades planteadas por una institución pública, en este caso el Ayuntamiento de Málaga, para adecuarse a las directrices de transversalidad de género que señala la Unión Europea. Lo deseable sería, pues, que la Academia procurase ser, en todo momento, más diligente en su labor de guiar y arrojar luz en el correcto uso del español, y, por lo que respecta a los procedimientos igualitarios, no se limitara a suscribir las opiniones de uno de sus miembros, sino que diera respuesta de forma sistematizada a una preocupación que está instalada en una parte importante de la sociedad actual.
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